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FONDO DE AYUDA SOLIDARIA

CARACTERISTICA

BENEFICIO

El fondo de ayuda Post-Mortem es un soporte de carácter eminentemente social, privado y solidario de los miembros del CDAEN.

Dar apoyo solidario en caso de fallecimiento.

GALERIA DE IMAGENES 

FONDO DE AYUDA SOLIDARIA

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CANCELACION DEL FONDO DE AYUDA SOLIDARIA AL SR. JOSÉ LUIS ZURITA MORALES, POR FALLECIMIENTO DEL CNL. DAEN (SP) JOSÉ GASTÓN ZURITA ALMARÁZ, LA SUMA DE 17.400.- (DIECISIETE MIL CUATROCIENTOS 00/100 BOLIVIANOS) 

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CANCELACION DEL FONDO DE AYUDA SOLIDARIA AL SR. OSCAR JUAN VARGAS DIETE, POR FALLECIMIENTO DEL SR. CNL. DAEN (SP) OSCAR GUIDO VARGAS LA FUENTE, LA SUMA DE 17.400.- (DIECISIETE MIL CUATROCIENTOS 00/100 BOLIVIANOS) 

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CANCELACION DEL FONDO DE AYUDA SOLIDARIA AL SR. JORGE MALLO ANGULO, POR FALLECIMIENTO DEL GRAL. BRIG. (SP) GUIDO MALLO GONZALES, LA SUMA DE 8.700.- (OCHO MIL SETECIENTOS 00/100 BOLIVIANOS) 

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CANCELACION DEL FONDO DE AYUDA SOLIDARIA A LA SRA. ROSA INES CRESPO VDA. DE GIRONDA, POR FALLECIMIENTO DEL GRAL. DIV. (SP) HUGO GIRONDA FLORES, LA SUMA DE 17.400.- (DIECISIETE MIL CUATROCIENTOS 00/100 BOLIVIANOS) 

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CANCELACION DEL FONDO DE AYUDA SOLIDARIA A LA SRA. BEATRIZ GOITIA VDA. DE CASTRO, POR FALLECIMIENTO DEL CNL. DAEN JUAN CARLOS CASTRO MOLINA, LA SUMA DE 17.400.- (DIECISIETE MIL CUATROCIENTOS 00/100 BOLIVIANOS) EQUIVALENTE A  $US. 2.500.- (DOS MIL QUINIENTOS 00/100 DOLARES ESTADOUNIDENSES).

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CANCELACION DEL FONDO DE AYUDA SOLIDARIA A LA SRA. CNL. DAEN BLANCA EDEL HERRERA DORADO, POR FALLECIMIENTO DEL CNL. DAEN JORGE ROLLANO ALCALA LA SUMA DE 17.400.- (DIECISIETE MIL CUATROCIENTOS 00/100 BOLIVIANOS) EQUIVALENTE A  $US. 2.500.- (DOS MIL QUINIENTOS DOLARES ESTADOUNIDENSES).

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CANCELACIÓN  AYUDA SOLIDARIA POR FALLECIMIENTO DE ESPOSA $US. 1.250.- (UN MIL DOSCIENTOS CINCUENTA DÓLARES ESTADOUNIDENSES), AL GRAL. BRIG. (SP) GRAL. BRIG. (SP) VITALIANO GARCIA FLORIDO.

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CANCELACIÓN  AYUDA SOLIDARIA POR FALLECIMIENTO DE ESPOSA $US. 1.250.- (UN MIL DOSCIENTOS CINCUENTA DÓLARES ESTADOUNIDENSES),  AL GRAL. BRIG. (SP) GRAL. BRIG. (SP) FREDDY MERCADO ANTEQUERA.

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Aplicación del pago del Fondo Post Mortem

Al fallecimiento del miembro, los beneficiarios informaran del deceso del mismo a la institución, en sus oficinas de la ciudad de La Paz y Departamentales, quienes acreditando su calidad de beneficiarios, podrán solicitar y tramitar el pago del Fondo Solidario Post Mortem, en la ciudad de La Paz o sus departamentales de Cochabamba, Santa Cruz y Tarija, en el lapso de seis meses a partir de su fallecimiento, con la siguiente documentación.

  1. Formulario de Adhesión al Fondo Solidario Post Mortem.

  2. Fotocopia del certificado de defunción.

  3. Fotocopia de la cedula de Identidad del socio fallecido.

  4. Certificado de la Cedula de Identidad de los beneficiarios extendida por la Policía Nacional.

  5. En caso de no contar con el Formulario de Adhesión al Fondo Solidario Post Mortem, deberán presentar fotocopia legalizada de la Declaratoria de Herederos.

  6. Toda esta documentación deberá ser remitida con una carta de solicitud de pago del Fondo Solidario Post Mortem dirigida al presidente del Directorio Nacional de la Institución, en el lapso de seis meses a partir del fallecimiento del socio, siendo este término improrrogable.

  7. La ayuda del Fondo Post Mortem será proporcionada por el Centro de Diplomados en Altos Estudios Nacionales.

  8. En caso de fallecimiento del miembro y que no tuviera sus cuotas al día, a partir del segundo año de forma continua, los beneficiarios NO GOZARAN de este derecho para recibir la ayuda del Fondo Solidario Post Mortem, ni podrán con este objeto cancelar las cuotas adeudadas.

  9. Si el miembro falleciera sin haber cumplido con los dos años de aportes mensuales continuos, por tratarse de un aporte solidario no gozara ni se reembolsara la parte equivalente a sus beneficiarios.

  10. En caso de que alguno de los beneficiarios designados, falleciera antes que el titular, su cuota parte se distribuirá entre los beneficiarios declarados por el miembro en partes iguales.

  11. Para la ayuda del Fondo Solidario Post Mortem el Directorio Nacional dictara la Resolución correspondiente a favor de los beneficiarios declarados por el miembro disponiendo al mismo tiempo que por Tesorería se elabore la documentación contable y la entrega de la ayuda respectiva firmada por las autoridades responsables en un tiempo de 72 horas, después de la presentación de la documentación exigida por la institución.

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